ICONOS FINALES-TRAZADOS

Insultos en el chat corporativo

Si un empleado ha utilizado el canal interno de mensajería para insultar y menospreciar a compañeros, la empresa puede despedirlo.

Insultos en el chat corporativo

Según el Estatuto de los Trabajadores, las ofensas verbales o físicas al empresario, a los empleados o a los familiares que convivan con ellos suponen causa de despido disciplinario. Por tanto, tales hechos constituyen una falta muy grave, con independencia de que se produzcan verbalmente o por escrito. Además, existen circunstancias agravantes que permiten recurrir al despido del trabajador; por ejemplo:

  • Medio corporativo. El hecho de que el empleado que insulta use una herramienta profesional (por ejemplo, un canal de comunicación corporativo) con fines ajenos a los intereses de la empresa confiere mayor gravedad a lo sucedido.
  • Víctima identificable. Se considera agravatorio que los insultos y descalificaciones se produzcan sobre personas claramente identificables (es decir, que no se trate de un comentario genérico).
  • Convivencia afectada. La falta es mayor si los hechos comprometen el clima laboral y la convivencia entre compañeros, en la medida en que son testigos directos de los hechos.

Aunque el trabajador alegue que los comentarios eran una broma en una conversación privada entre amigos y que no pretendía herir a nadie, si los insultos son objetivos, reiterados y ofensivos, la conducta basta para justificar el despido disciplinario.

Eso sí: antes de proceder al despido disciplinario, la empresa debe consultar su convenio colectivo y verificar si este tipo de incumplimiento supone una falta grave o muy grave, documentar bien los mensajes o los insultos proferidos en el programa (con capturas de pantalla, registros del canal interno, declaraciones de los afectados, etc.) e identificar a los responsables.

 

Nuestros profesionales le informarán sobre cualquier duda que tenga sobre el despido disciplinario y el uso de herramientas electrónicas.

Solicitud de contacto

* Campos obligatorios

Protección de datos personales.

Responsable del tratamiento: INTERNACIONAL DE CONSULTORIA, SL, INTER AUDI, SL, B58135567
Gran Via de Carles III, 84 1º 2º , BARCELONA

La finalidad del tratamiento de sus datos es dar respuesta a sus consultas y/o solicitudes de información, en base a su consentimiento, facilitado al aportar sus datos (artículo 6.1.a, RGPD)
Usted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos,

  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aqui


Desliza para activar el botón